Por Lilian Nassi-Calò
El acceso abierto (AA) a los resultados de la investigación científica es la forma más justa de rendir cuentas a la sociedad sobre las inversiones en investigación, especialmente aquellas financiadas con recursos públicos. Desde el inicio del Movimiento de Acceso Abierto al final de los años 80, innumerables organizaciones, instituciones de investigación y naciones adoptaron políticas y mandatos que determinan el ofrecimiento en AA de los resultados de la investigación científica. La UNESCO fue pionera, en 1999, mediante la Declaración sobre la Ciencia y Uso del Conocimiento Científico (Declaration on Science and the Use of Scientific Knowledge). A continuación vinieron los Institutos Nacionales de Salud de los EUA (US National Institutes of Health, NIH), al adoptar su Política para el Intercambio de Datos (Data Sharing Policy), convertida en mandato en 2008, solo por citar dos de una extensa lista.
El mundo de hoy reconoce las tecnologías digitales como el motor que mueve las transformaciones económicas, científicas y sociales, donde la información (open data) constituye un bien valioso, que cada día se libera de más fronteras y derechos, pudiendo ser usada para hacer un mundo mejor.
Siguiendo el ejemplo de países líderes en investigación científica como los EUA, Reino Unido, Alemania, Canadá, Holanda e Italia, Francia mediante el Centre National de la Recherche Scientifique (Centro Nacional de Investigación Científica, CNRS) y del Ministère De l’Enseignement Supérieur et de la Recherche (Ministerio de Educación Superior y de la Investigación, MESR) elaboró un Proyecto de Ley denominado “Por una República Digital” (Pour une République Numérique).
El proyecto incluye la definición de una vía protegida de acceso a los resultados científicos y su uso por investigadores en las plataformas de Información Científica y Técnica (ICT) y la aplicación de estos derechos a los trabajos resultantes de la investigación financiada con recursos públicos. Además de eso, la Comisión Europea (CE) lidera una reflexión sobre la evolución de los derechos autorales y derechos conexos, recomendando a los países miembros que tomen medidas que favorezcan la circulación y el intercambio de resultados de investigación.
Con la finalidad de asegurar la transparencia y participación de la sociedad en la redacción del proyecto de ley antes de su envío al Consejo de Estado, Francia ha proporcionado el texto de la ley1 a la consulta pública en Internet desde el día 26 de septiembre. En las tres semanas siguientes a esa fecha será posible a todas las personas – ciudadanos franceses o no – sugerir modificaciones y mejorías en la ley. Estas sugerencias también estarán abiertas a comentarios de usuarios de Internet. Las sugerencias y comentarios serán evaluadas por la comisión encargada de escribir la ley y algunas de ellas en efecto podrían ser incluidas. El gobierno de Francia responderá a las sugerencias más frecuentes de los internautas y los autores de las tres contribuciones más relevantes se reunirán con el Ministro de Estado para Asuntos Digitales para explicar sus propuestas en detalle.
Los objetivos del proyecto de ley incluyen:
1. Diseminación más amplia de los datos y el conocimiento. El acceso abierto a los datos de información de interés general favorece la economía basada en el conocimiento mediante el amplio acceso a los resultados de la investigación científica.
2. Iguales derechos a todos los usuarios de Internet. El acceso a Internet es un derecho de todos y no debe ser limitado a los favorecidos, preservando, sin embargo, la privacidad de todos. Los datos digitales personales (e-mails, documentos, y otros) deben ser recuperados fácilmente mediante la solicitud a los proveedores.
3. El acceso a Internet se considera un pre requisito de inclusión social, desarrollo profesional y vida social. Está previsto el acceso a personas con discapacidades y el gobierno proporcionará subsidios a familias con problemas financieros.
En relación con la investigación científica, la Ley “Por una República Digital” establece como puntos principales:
a. Los derechos autorales exclusivos de los datos y la literatura resultantes de investigación financiada con recursos públicos no deben ser transferidos a publishers.
b. Los investigadores deben tener el derecho de archivar sus datos y trabajos en formato digital automáticamente sin período de embargo impuesto por los publishers.
c. La minería de datos (data mining) y los servicios relacionados tienen un papel primordial en la promoción del AA a los datos y la literatura científica. Estos servicios no deben ser obstaculizados por plataformas comerciales que distribuyen datos y literatura.
El proyecto de ley sobre el acceso a ICT contó, desde el inicio de su construcción, con la redacción por los propios investigadores que integran la comisión CNRS-MESR. Sin embargo, su texto no fue tan feliz como podría haber sido. La redacción del Articulo 9 que trata del Acceso Abierto en particular, va contra los principios de la libre diseminación del conocimiento científico. Un párrafo del referido artículo cita “Los derechos de explotación bajo formato digital […] pueden ser cedidos a título exclusivo a un publisher”, lo que contradice los principios dictados anteriormente. El texto debería excluir la posibilidad de ceder a título exclusivo los derechos de explotación a un publisher cuando la investigación fue financiada con recursos públicos.
En lo que atañe a períodos de embargo, la CE en su recomendación del 17 de julio de 20122, sobre acceso a la información científica, propone que “las publicaciones resultantes de investigación financiada con recursos públicos sean libremente accesibles, de preferencia inmediatamente, y a más tardar seis meses después de la fecha de publicación, y doce meses desde la fecha de publicación para estudios en ciencias sociales y humanidades”. El artículo 9, sin embargo, menciona un período de embargo de un año para artículos en las disciplinas científicas y dos años para las humanidades, el doble de lo propuesto por la CE.
Finalmente, sobre la propiedad intelectual, el Artículo 9 dispone que “la provisión de un artículo no debe originar ninguna explotación comercial”, lo que es mucho más vago y sugiere la posibilidad de que un publisher monopolice los beneficios económicos que podrían originarse de un descubrimiento científico, lo que a su vez constituiría un bloqueo a la explotación del conocimiento científico.
El período de consulta pública del proyecto de ley se extiende hasta el domingo 18 de octubre. Hasta entonces, es posible a cualquier usuario de internet acceder a la página de consulta pública (en francés)3 y votar en contra (Pas d’accord) a la redacción actual del Artículo 9, por los motivos expuestos anteriormente. Además, se aconseja acceder también a la alteración del Articulo 9 propuesta por el Director del CNRS, Renaud Fabre4, votando a favor (D’accord) del acceso abierto a la literatura y datos científicos, reducción del período de embargo a 6 meses/1 año y la posibilidad de explotación comercial de los resultados de investigación.
El gobierno de Francia está preparando un Libro Blanco5 con la participación de importantes actores sobre los desafíos de la publicación digital y los datos de la investigación pública, que estará disponible en el portal de la Direction de l’Information Scientifique et Technique (Dirección de Información Científica y Técnica, DIST).
Para los representantes del CNRS y autores del proyecto de ley, es fundamental excluir “cualquier excepción francesa desfavorable del texto final que sea tan protectora de la investigación como son en otros países”. En su opinión, “para proporcionar acceso abierto al conocimiento, se trata de dar a los actores de la sociedad los medios de interactuar con la investigación”.
Su participación es muy importante, vote usted también.
Notas
1.Décret n° 2015-1151 du 16 septembre 2015. Available from: http://www.legifrance.gouv.fr/affichTexte.do?cidTexte=JORFTEXT000031180596&dateTexte=&oldAction=rechJO&categorieLien=id&idJO= JORFCONT000031180576
2. Recommendation CE du 17 juillet 2012 (C(2012) 4890). Available from: https://ec.europa.eu/research/science-society/document_library/pdf_06/recommendation-access-and-preservation-scientific-information_fr.pdf
3. Consultation Projet de Loi pour une République Numérique. Available from: https://www.republique-numerique.fr/consultations/projet-de-loi-numerique/consultation/consultation/opinions/section-2-travaux-de-recherche-et-de-statistique/article-9-acces-aux-travaux-de-la-recherche-financee-par-des-fonds-publics
4. Proposition de Renaud Fabre, Directeur du CNRS-DIST pour le Projet de Loi pour une République Numérique. Available from: https://www.republique-numerique.fr/consultations/projet-de-loi-numerique/consultation/consultation/opinions/section-2-travaux-de-recherche-et-de-statistique/article-9-acces-aux-travaux-de-la-recherche-financee-par-des-fonds-publics/versions/une-duree-d-embargo-plus-courte-ne-pas-entraver-le-tdm-fouille-de-texte-et-de-donnees-et-ne-pas-interdire-une-exploitation-commerciale
5. Un libro blanco (Informe Blanco o White Paper) es un documento o guía con autoridad con el objetivo de ayudar a los lectores a comprender un tema, resolver o afrontar un problema o tomar una decisión. (Fonte: Wikipedia, https://es.wikipedia.org/wiki/Libro_blanco)
Referencias
Consultation Loi Numerique. Available from: http://www.cnrs.fr/dist/consultation-loi-numerique.html
Consultation Projet de Loi pour une République Numérique. Available from: https://www.republique-numerique.fr/consultations/projet-de-loi-numerique/consultation/consultation/opinions/section-2-travaux-de-recherche-et-de-statistique/article-9-acces-aux-travaux-de-la-recherche-financee-par-des-fonds-publics
Décret n° 2015-1151 du 16 septembre 2015. Available from: http://www.legifrance.gouv.fr/affichTexte.do?cidTexte=JORFTEXT000031180596&dateTexte=&oldAction=rechJO&categorieLien=id&idJO= JORFCONT000031180576
Direction de l’Information Scientifique et Technique. Available from: http://www.cnrs.fr/dist/
FAUSTO, S. Evolución del Acceso Abierto – breve histórico. SciELO en Perspectiva. [viewed 07 October 2015]. Available from: http://blog.scielo.org/es/2013/10/21/evolucion-del-acceso-abierto-breve-historico/
Proposition de Renaud Fabre, Directeur du CNRS-DIST pour le Projet de Loi pour une République Numérique. Available from: https://www.republique-numerique.fr/consultations/projet-de-loi-numerique/consultation/consultation/opinions/section-2-travaux-de-recherche-et-de-statistique/article-9-acces-aux-travaux-de-la-recherche-financee-par-des-fonds-publics/versions/une-duree-d-embargo-plus-courte-ne-pas-entraver-le-tdm-fouille-de-texte-et-de-donnees-et-ne-pas-interdire-une-exploitation-commerciale
Recommendation CE du 17 juillet 2012 (C(2012) 4890). Available from: https://ec.europa.eu/research/science-society/document_library/pdf_06/recommendation-access-and-preservation-scientific-information_fr.pdf
Sobre Lilian Nassi-Calò
Lilian Nassi-Calò estudió química en el Instituto de Química de la USP, tiene un doctorado en Bioquímica por la misma institución y un pos doctorado como becaria de la Fundación Alexander von Humboldt en Wuerzburg, Alemania. Después de concluir sus estudios, fue docente e investigadora en el IQ-USP. Trabajó en la industria privada como química industrial y actualmente es Coordinadora de Comunicación Científica en BIREME/OPS/OMS y colaboradora de SciELO.
Traducido del original en portugués por Ernesto Spinak.
Como citar este post [ISO 690/2010]:
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Lea el comentario en inglés, por Hélein Frédéric:
http://blog.scielo.org/en/2015/10/09/france-prepares-bill-to-regulate-open-access/#comment-108216